Regl. 9124, art. 1.6

Interpretación

Last amended: 2012Length: 57 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 9124, Art. 1.6

Las disposiciones de este Reglamento se interpretarán liberalmente de forma que garanticen que los procedimientos administrativos se efectúen de manera rápida, justa y económica, y aseguren una solución equitativa en los casos bajo consideración de la UPAD. Cualquier disposición de este Reglamento que haga alusión al género femenino se entenderá que comprende el masculino y viceversa. 2
Regl. 9124, art. 1.6: Interpretación | Justis AI