Regl. 9124, art. 6.5-6.16

Incumplimiento del Querellado

Last amended: 2012Length: 56 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 9124, Art. 6.5-6.16

Cuando el querellado, debidamente citado, no compareciere a alguna conferencia, reunión entre abogados 0 vista, o dejare de cumplir con cualquier disposición u orden de la UPAD, sin que medie razón justificada debidamente sustentada por escrito, podrá ser declarado en rebeldía, eliminársele las alegaciones y se podrá continuar con los procedimientos sin más citarle ni oírle.
Regl. 9124, art. 6.5-6.16: Incumplimiento del Querellado | Justis AI