Regl. 9124, art. 6.5-6.22
Transferencia de Vista
Cite as Reglamento Núm. 9124, Art. 6.5-6.22
Toda parte que interese la transferencia de un señalamiento de vista,
deberá solicitarla por escrito, exponiendo las razones que así lo justifiquen con
no menos de 5 días laborables con anterioridad al señalamiento.