Regl. 9124, art. 6.5-6.24
Solicitud de Recusación
Cite as Reglamento Núm. 9124, Art. 6.5-6.24
Toda solicitud de recusación será juramentada y se presentará ante el
Panel dentro de 10 dÃas desde que la parte solicitante conozca de la causa de
la recusación. La solicitud incluirá los hechos especÃficos en los cuales se
fundamenta y la prueba documental y declaraciones juradas en apoyo a la
solicitud.
La moción de recusación deberá ser dirigida directamente al Panel, quien
deberá considerarla dentro del término de 5 dÃas laborables, contados a partir
de su presentación. De entender procedente la solicitud, el Panel ordenará que
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el Oficial Examinador se abstenga de intervenir en el caso ante su
consideración y procederá a designar un nuevo Oficial Examinador.