Regl. 9126, art. XIII
QUERELLA FRÍVOLA o INFORMACIÓN FALSA
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Cite as Reglamento Núm. 9126, Art. XIII
Cualquier empleado o funcionario que, a sabiendas, presente una
querella frívola por hostigamiento sexual contra un funcionario o empleado del
PFEI u otra persona incurrirá en una falta por la que podrá ser sometido a las
sanciones disciplinarias que el PFEI entienda correspondientes, que podrán
incluir desde amonestaciones verbales hasta el despido.