Regl. 9126, art. XVI
CLÁUSULA DE SALVEDAD
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Cite as Reglamento Núm. 9126, Art. XVI
De ser declarado nulo 0 sin validez legal cualquier artículo o inciso de
esta Política Pública no afectará las restantes disposiciones, las que
continuarán en pleno vigor.
Con la aprobación de este Reglamento, queda derogado el Reglamento
para establecer la Política Pública y Procedimiento para Atender Querellas de
Hostigamiento Sexual en el Empleo, el cual le correspondió el número 8195 en
el Registro del Departamento de Estado.