Regl. 9126, art. XVII dup2

VIGENCIA

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Este Reglamento entrará en vigor 30 días después de su radicación en el Departamento de Estado de Puerto Rico de acuerdo con las disposiciones de la Ley Núm. 38 de 30 de junio de 2017, según enmendada, conocida como Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico. En San Juan, Puerto Rico, hoy 9 de octubre de 2019. Nydia M. Cotto Vives Presidenta del Panel Sands Rubén Velez Torres Ygrí Rivera Sanchez Miembro del Panel Miembro del Panel 11
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