Regl. 9127, art. V
Solicitud de Endoso de Cheque
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Cite as Reglamento Núm. 9127, Art. V
A. El Gerente de Presupuesto y Finanzas del PFEI deberá incluir en el área
de memo en el anverso del cheque la siguiente frase: EL TOMADOR DE
ESTE CHEQUE HA FALLECIDO
B. El reclamante deberá cumplimentar la Solicitud para endoso de
cheques expedidos a persona fallecida. Esta solicitud deberá estar
firmada por dos testigos.
C. Cuando el importe del cheque sea mayor de $25 la solicitud deberá ser
juramentada ante notario público.
D. Cuando el cheque exceda de $1,000 se requerirá una copia certificada de
Resolución de Declaratoria de Herederos o copia del testamento
certificado por el Registro de Poderes y Testamentos del Tribunal
Supremo.
E. Con la solicitud deben acompañarse los siguientes documentos, según
sea el caso:
1. Acta de Defunción certificada.
2. Copia certificada de Resolución sobre Declaratoria de
Herederos o copia del testamento certificado por el
Registro de Poderes y Testamentos del Tribunal
Supremo, si el importe de cheque excede de $1,000.
3. Copia certificada del nombramiento como sÃndico, tutor,
administrador o albacea, cuando aplique.
4. Carta del poder extendido por el reclamante o heredero
mediante la cual nombra a la persona que actuará como
su representante apoderado.
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F. El Presidente del Panel o su Representante Autorizado con firma
registrada endosará el cheque como sigue:
1. A favor del administrador o albacea, en caso de que haya
nombrado uno.
2. A favor de los herederos, si existe una declaratoria de
herederos y no se ha nombrado un administrador o
albacea.
3. A favor de uno de los herederos si los demás han
consentido a ello de forma unánime.
4. A favor del reclamante siempre y cuando el cheque no
exceda de $1,000 y los herederos lo autoricen mediante
su firma y si no se ha nombrado un administrador o
albacea.
5. A favor de un sÃndico de los bienes de los herederos, en
caso de quiebra 0 insolvencia de la persona fallecida.
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6. A favor del tutor o administrador judicial, en caso de que
uno de los herederos sea incapacitado.
7. A favor del agente o apoderado, si el heredero está fuera
de Puerto Rico.
8. A favor del Secretario del Tribunal donde se tramitó la
declaratoria de herederos, cuando el importe del cheque
exceda de $1,000 y sea imposible el consentimiento o la
comparecencia de uno o más de los herederos.
G. El endoso leerá como sigue:
PAGUESE A LA ORDEN DE (NOMBRE DEL
HEREDERO, HEREDEROS, TUTOR, APODERADO,
ADMINISTRADOR o ALBACEA)
Presidente o su representante Autorizado
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