Regl. 9127, art. VI dup2

Impugnación de Determinaciones del Presidente o su

Length: 86 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 9127, Art. VI dup2

Representante Autorizado Cualquier petición presentada impugnando alguna determinación del Presidente O su Representante Autorizado tomada de acuerdo con lo establecido en este Reglamento, será atendida mediante la reglamentación aplicable, según la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico, Ley 38, supra. Si la controversia no pudiera resolverse por tales medios, se notificará a la persona su derecho a presentar una queja de conformidad con la Ley. Núm. 38-2017, según enmendada, conocida como la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico.
Regl. 9127, art. VI dup2: Impugnación de Determinaciones del Presidente o su | Justis AI