Regl. 9133, art. 18
- CONDICIONES Y GARANTÍAS DEL ARRENDAMIENTO
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Cite as Reglamento Núm. 9133, Art. 18
Todo Contrato de Arrendamiento incluirá aquellas condiciones de uso del Plantel Escolar en
Desuso que el Arrendador haya negociado con el Arrendatario, incluyendo la Fianza; las pólizas de
seguro que debe tener vigente conforme al uso, en las cuales deberá incluir como asegurado adicional
al Gobierno de Puerto Rico; mantenimiento; entre otros. Además, el Comité podrá requerir la
inclusión de ciertos términos y condiciones para salvaguardar los mejores intereses del Gobierno.
Todo Contrato de Arrendamiento conllevará la prestación de una Fianza. Disponiéndose que
se eximirá del requerimiento de prestación de Fianza a Entidades Gubernamentales y Entidades
Municipales.