Regl. 9135, art. 6.15

Negativa a Contestar el Requerimiento

Last amended: 2025Length: 52 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 9135, Art. 6.15

Las partes tendrán que someter la información que les fue requerida por el funcionario de adjudicación dentro del término concedido. De incumplir, el funcionario de adjudicación podrá recomendar la desestimación de la querella 0 desestimarla, eliminar las alegaciones del querellado o solicitar que se acuda al tribunal en solicitud del remedio. 44
Regl. 9135, art. 6.15: Negativa a Contestar el Requerimiento | Justis AI