Regl. 9135, art. 6.24
Solicitud de Recusación
Cite as Reglamento Núm. 9135, Art. 6.24
Toda solicitud de recusación será juramentada y se presentará ante la
Inspectora General dentro de diez (10) dÃas desde que la parte solicitante conozca de
la causa de la recusación. La solicitud incluirá los hechos especÃficos en los cuales se
fundamenta y la prueba documental y declaraciones juradas en apoyo a la solicitud.
La moción de recusación deberá ser dirigida directamente a la Inspectora
General, con copia al funcionario de adjudicación, quien deberá considerarla dentro del
término de 5 dÃas laborables, contados a partir de su presentación. De entender
procedente la solicitud, la Inspectora General ordenará que el oficial examinador O juez
administrativo se abstenga de intervenir en el caso ante su consideración y procederá a
designar un nuevo funcionario de adjudicación.