Regl. 9135, art. 6.24

Solicitud de Recusación

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Cite as Reglamento Núm. 9135, Art. 6.24

Toda solicitud de recusación será juramentada y se presentará ante la Inspectora General dentro de diez (10) días desde que la parte solicitante conozca de la causa de la recusación. La solicitud incluirá los hechos específicos en los cuales se fundamenta y la prueba documental y declaraciones juradas en apoyo a la solicitud. La moción de recusación deberá ser dirigida directamente a la Inspectora General, con copia al funcionario de adjudicación, quien deberá considerarla dentro del término de 5 días laborables, contados a partir de su presentación. De entender procedente la solicitud, la Inspectora General ordenará que el oficial examinador O juez administrativo se abstenga de intervenir en el caso ante su consideración y procederá a designar un nuevo funcionario de adjudicación.
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