Regl. 3825, art. 5

Activación del Procedimiento Adjudicativo ante el Director

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Cite as Reglamento Núm. 3825, Art. 5

Ejecutivo Cualquier parte interesada y que se considere afectada por una decisión emitida por algún funcionario de la Autoridad, excepto la Junta de Directores, podrá presentar una reclamación por escrito ante el Director Ejecutivo, en el término de treinta (30) días a partir de la fecha en que se le notifico la decision. El Director Ejecutivo podrá designar a un Oficial Examinador para que reciba toda la evidencia pertinente a la reclamación presentada a los fines de recomendar un curso de acción. Las decisiones que emita el Director Ejecutivo serán apelables ante la Junta de Directores en el término de treinta (30) días a partir de la fecha en que el Director Ejecutivo notificó su decision. -4-
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