Regl. 9140, art. VII
PERSONAL
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Cite as Reglamento Núm. 9140, Art. VII
I. Personal técnico para el Teatro Bertita y Guillermo L. MartÃnez
a) El personal técnico del Teatro será suplido por el CMPR para garantizar
el buen uso de las instalaciones. Por el dÃa del arrendamiento, se le
asignará el siguiente personal a los siguientes espacios hasta un máximo
de cinco (5) horas:
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Sala Jesús MárÃa Sanromá: 1 técnico de cabina y 1 tramoya.
Dependiendo de las necesidades, el director técnico determinará
el número necesario de personal para llevar a cabo la actividad y
el costo adicional, de ser requerido.
Sala Anthony "Junior" Soto: 1 técnico o tramoya
Sala José "Pepito" Figueroa: 1 técnico o tramoya
b) De requerir tiempo adicional al turno de cinco (5) horas de los técnicos
y tramoyas, se cobrará el cargo establecido en los cánones de
arrendamiento.
c) Solamente personas autorizadas por el CMPR podrán entrar en las áreas
de trabajo. Dichas áreas incluyen, pero no se limitan a: cabina, área de
las luces, cuarto de sonido, almacén de instrumentos y/o cuarto de
máquinas.
II. Mantenimiento
a) El arrendatario es responsable de dejar los predios del CMPR en las
mismas condiciones que le fueron entregados.
b) Todo desperdicio generado en el evento debe ser localizado en el lugar
designado por el CMPR para estos fines.
III. Seguridad
a) El CMPR cuenta con personal de seguridad profesional las 24 horas. De
requerir seguridad adicional a la provista por el CMPR, el arrendatario
será responsable de proveer la misma. Asimismo, el CMPR podrá
requerir al arrendatario personal de seguridad por un costo adicional.
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b) Es responsabilidad del arrendatario coordinar la utilización de la PolicÃa
Municipal o Estatal, Bomberos de Puerto Rico, Emergencias Médicas,
seguridad privada o cualquier otra entidad de Seguridad, de ser
necesario.
IV. Ujieres
a) El arrendatario será responsable de contratar directamente a los ujieres
que sean necesarios para cubrir las necesidades de su evento.
V. Otros
a) Personal del CMPR
i. El CMPR asignará una persona que quedará a cargo de la actividad.
Esta será responsable por que se cumplan los acuerdos contractuales
y normas establecidas.