Regl. 9141, art. III

BASE LEGAL

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Cite as Reglamento Núm. 9141, Art. III

Este Reglamento se promulga de acuerdo con las facultades conferidas al Secretario del DTOP y al Secretario del Departamento de Hacienda mediante la Ley 134-2019, según enmendada; la Ley 22-2000, según enmendada; la Ley 233-2003, según enmendada; y el Artículo 3(i) del Plan de Reorganización Núm. 3 del Departamento de Hacienda de 1994, según enmendado. Conforme dispone la Sección 9 de la Ley 134-2019, según enmendada, este Reglamento será adoptado sin sujeción a las normas y disposiciones de la Ley 38- REGLAMENTO CONJUNTO PARA LA IMPLEMENTACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA LEY NÚM. 134 2019, SEGÚN ENMENDADA Página 2 2017, según enmendada, conocida como Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico.
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