Regl. 9141, art. III
BASE LEGAL
Cite as Reglamento Núm. 9141, Art. III
Este Reglamento se promulga de acuerdo con las facultades conferidas al
Secretario del DTOP y al Secretario del Departamento de Hacienda mediante la Ley
134-2019, según enmendada; la Ley 22-2000, según enmendada; la Ley 233-2003,
según enmendada; y el Artículo 3(i) del Plan de Reorganización Núm. 3 del
Departamento de Hacienda de 1994, según enmendado.
Conforme dispone la Sección 9 de la Ley 134-2019, según enmendada, este
Reglamento será adoptado sin sujeción a las normas y disposiciones de la Ley 38-
REGLAMENTO CONJUNTO
PARA LA IMPLEMENTACIÓN Y EJECUCIÓN
DE LA LEY NÚM. 134 2019, SEGÚN ENMENDADA
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2017, según enmendada, conocida como Ley de Procedimiento Administrativo
Uniforme del Gobierno de Puerto Rico.