Regl. 3828, art. 3
El funcionario que realice la radicación de
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Cite as Reglamento Núm. 3828, Art. 3
la solicitud cumplimentará la hoja de cotejo correspondiente, y,
de encontrar que la solicitud está completa y tiene anejos todos
los documentos complementarios necesarios, expedirá copia de la
hoja de cotejo firmada y sellada al solicitante y adjuntará el
original al expediente para iniciar los trámites correspondientes.
En caso de que la solicitud no esté completa, o que no se haya
adjuntado uno O más de los documentos complementarios necesarios,
el funcionario que recibe la solicitud, la devolverá al solicitante
con todos los documentos con los que se acompañó y con copia de
la hoja de cotejo que le indicará la información O documentos que
faltan a la solicitud para poder ser tramitada.