Regl. 3828, art. 3

El funcionario que realice la radicación de

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Cite as Reglamento Núm. 3828, Art. 3

la solicitud cumplimentará la hoja de cotejo correspondiente, y, de encontrar que la solicitud está completa y tiene anejos todos los documentos complementarios necesarios, expedirá copia de la hoja de cotejo firmada y sellada al solicitante y adjuntará el original al expediente para iniciar los trámites correspondientes. En caso de que la solicitud no esté completa, o que no se haya adjuntado uno O más de los documentos complementarios necesarios, el funcionario que recibe la solicitud, la devolverá al solicitante con todos los documentos con los que se acompañó y con copia de la hoja de cotejo que le indicará la información O documentos que faltan a la solicitud para poder ser tramitada.
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