Regl. 9142, art. III-3.1
Copias
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Cite as Reglamento Núm. 9142, Art. III-3.1
Previo pago de los derechos que correspondan, la Secretaría de la Oficina del Contralor Electoral
proveerá copia de los documentos públicos bajo su custodia a personas interesadas que así lo
soliciten conforme a las normas establecidas para estos fines en el "Reglamento de inspección
de expedientes y documentos de los asuntos ante la consideración de la Oficina del Contralor
Electoral".
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Se enmienda la Sección 3.2 para que lea de la siguiente manera: