Regl. 9143, art. 2.6
Deudas a favor del aspirante, candidato o funcionario
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Cite as Reglamento Núm. 9143, Art. 2.6
El candidato, aspirante o funcionario electo dentro del proceso de disolución de su comité podrá
asumir la deuda que tiene el comité a su favor, en concepto de aportaciones de su peculio, y
disolver su comité de campaña en cumplimiento con las disposiciones de la Ley 222.
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