Regl. 9143, art. 5.3

Procedimiento de subasta

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Cite as Reglamento Núm. 9143, Art. 5.3

Los bienes, derechos y acciones del comité serán ofrecidos en actividades en las que se convoque a licitadores para que en subasta pública realicen pujas a viva voz, para lo cual, el Contralor Electoral podrá, a petición del síndico, contratar compañías especializadas en este tipo de actividad. El aviso de subasta se publicará una vez en un periódico de circulación general y en la página web de la OCE. Este aviso contendrá, como mínimo, la información siguiente: 1. descripción del bien, derecho o acción; 2. lugar donde se podrán obtener información detallada sobre el bien, derecho o acción; 3. días y horas en que se podrá inspeccionar el bien derecho o acción y 4. fecha límite y lugar para presentar ofertas. El bien, derecho o acción se adjudicará al mejor postor.
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