Regl. 9144, art. 1.3
Declaración de propósitos
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Cite as Reglamento Núm. 9144, Art. 1.3
Este Reglamento tiene el propósito de establecer unos parámetros claros y específicos sobre el
procedimiento a seguirse en la radicación electrónica de los informes requeridos por la Ley 222-2011,
según enmendada.
La Oficina del Contralor Electoral ha desarrollado el portal de Servicios en Línea, en adelante
"Sistema", de manera que se pueda someter, conservar y recuperar la información sobre
financiamiento de campañas políticas y cualesquiera otros informes requeridos por Ley. El Sistema
permitirá que la información presentada en dichos informes esté accesible al público en general.