Regl. 9144, art. 2.4
Informes y notificaciones que deberán radicarse
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Cite as Reglamento Núm. 9144, Art. 2.4
Todos los informes y notificaciones requeridos por la Ley 222 se radicarán electrónicamente a través
del Sistema. No será necesario presentar copia en papel de cualquier informe o notificación que sea
presentado en forma electrónica. Los informes o notificaciones que no se radiquen electrónicamente
continuarán rindiéndose mediante la entrega personal en la Oficina o por correo postal. Se incluye
una lista de los informes que deben ser radicados a través del Sistema, sin perjuicio que mediante el
ordenamiento se requiera alguno adicional.
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Comité o entidad que debe radicar
Nombre del Informe
Informe de Ingresos y Gastos
Informe de Gastos con cargo al fondo electoral
Informe de Gastos con cargo al fondo especial
Informe de Donativos TardÃos
Partido PolÃtico
Notificación de Acto PolÃtico Colectivo
Solicitud de Prórroga
Renuncias a cargos
Solicitud de Disolución
Aspirante, Candidato, Comité de Campaña,
Informe de Ingresos y Gastos
Comité Autorizado, Comité de Fondos
Informe de Donativos TardÃos
Segregados, Comité de Gastos
Notificación de Acto PolÃtico Colectivo
Independientes, Comité de Acción PolÃtica,
Solicitud de Prórroga
Comité Municipal, Comité de Precinto, Comité
Renuncias a cargos
de Plancha, Legislador Municipal
Solicitud de Disolución
Informe sobre servicios prestados para anuncios
Agencias de Publicidad, Medios de
con fines electorales
Comunicación, Productores Independientes
Solicitud de Prórroga
Renuncias a cargos
Personas naturales o jurÃdicas que incurren en
gastos independientes
Informe de Gastos Independientes
Todo comité polÃtico deberá presentar los documentos de respaldo requeridos en este reglamento,
el ordenamiento y por la OCE para el periodo que se informa usando el Sistema. Un informe
presentado contrario a lo establecido en esta sección se entenderá como un informe no radicado.
Los comités polÃticos deberán presentar usando el Sistema, como mÃnimo los siguientes documentos
de respaldo para el periodo que presentan el informe de ingresos y gastos: estados de banco, hojas
de depósito, cheques depositados, cheques cancelados, facturas, registro de caja menuda (petty
cash), contratos y evidencia relacionada a donativos en especie (entiéndase: contratos, factura,
recibo, certificación escrita del donante y cualquier otro documento justificante, según el caso). Estos
documentos deberán subirse al sistema en formato PDF. No obstante, los comités polÃticos podrán
proveer documentos de respaldo por correo electrónico y otro medio si asà le es solicitado por
personal autorizado de la OCE. Asimismo, deberán cumplir con cualquier otro requerimiento de
documentos que sea solicitado por la Oficina para justificar transacciones, tales como registros,
facturas, recibos y contratos.
Los documentos de respaldo requeridos a los medios de difusión, medios de comunicación,
productores independientes y agencias de publicidad, tales como copias de contratos y facturas por
los servicios prestados, se anejarán a los informes electrónicos al momento de la radicación
electrónica. En el caso de prensa escrita, deberán someter copia de los anuncios pautados de esta
misma forma.
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Solo se considerarán y se darán por presentados los informes o solicitudes antes descritos que se
presenten usando el Sistema, salvo que medie una dispensa o autorización de la OCE para que el
documento en cuestión sea presentado mediante otro medio.