Regl. 3836, art. 2.00 dup2

DEFINICIONES

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Cite as Reglamento Núm. 3836, Art. 2.00 dup2

2.01- Disposición General Los vocablos o frases que se definen más adelante siempre que se empleen dentro del contexto, tendrán el significado que se expresa para cada término, a menos que se haga constar especificamente lo contrario. -4- (1) Acceso Cualquier entrada o salida, incluyendo calles, de terreno colindantes, residencias, comercios, industrias 0 cualquier otro desarrollo similar O parecido adyacente a las vías públicas, para ser usada por cualquier vehículo y/o peatones desde o hacia éstas últimas. (2) Acera Espacio más elevado de la calzada generalmente asfaltado 0 enlosado, construido a los lados de una calle, o carretera para la circulación de los peatones. (3) Administración de Reglamentos y Permisos (ARPE) Organismo gubernamental creado por la Ley Número 76 del 24 de junio de 1975, según ha sido subsiguientemente enmendada, conocida como "Ley Orgánica de la Administración de Reglamentos y Permisos". (4) Administrador de Reglamentos y Permisos Funcionario que dirige la Administración de Reglamentos y Permisos. (5) Aprobación Autorización escrita, expedida por un funcionario autorizado, conforme con las leyes y reglamentos aplicables, para la construcción de obras. (6) Calle Vía pública destinada principalmente a proveer acceso directo a residencias, comercios u otras propiedades colindantes. (7) Calzada Aquella zona o porción de una vía pública que es mejorada, diseñada o destinada regularmente para el uso de los vehículos. Las vías públicas divididas con isleta o separadores, y aquellas con calles marginales tienen más de una calzada. -5- (8) Carretera Vía pública urbana o rural con o sin isleta central usada como medio de transportación. (9) Consulta Previa Petición sometida por escrito al Departamento en la cual se solicita información sobre accesos y obras de ensanche o construcción de alguna vía pública existente o futura. (10) Consulta sobre Conformidad de Proyecto (Anteproyecto) Consulta que se hace a la ARPE en una etapa preliminar para que ésta determine el grado en que un proyecto está conforme con las disposiciones de los reglamentos de Planificación y/o la Administración de Reglamentos y Permisos. (11) Consulta de Ubicación Procedimiento ante la Junta de Planificación para que evalue, pase juicio y tome la determinación que estime pertinente sobre propuestos usos de terrenos que no son permitidos ministerialmente por la reglamentación aplicable en áreas zonificadas. En áreas no zonificadas, incluye propuestos usos de terrenos que por su naturaleza, complejidad, magnitud, impacto físico, económico, ambiental y social pudiesen afectar significativamente el desarrollo de un sector. (12) Construcción Acción y efecto de construir incluirá ampliación o reconstrucción de carreteras, estructuras y mejoras de terrenos. (13) Contratista Persona natural o jurídica que ejecuta obras de construcción. Para todos los efectos se considera de igual significado contratista y constructor. -6- (14) Control de Accesos La condición bajo la cual el derecho de los dueños o de los ocupantes de las tierras colindantes u otras personas a tener accesos, a una vía pública es controlado parcial o completamente por el Estado Libre Asociado de Puerto Rico. (15) Departamento Significa el Departamento de Transportación y Obras Públicas. (16) Desarrollo Preliminar Representación gráfica de la forma en que quedarán urbanizados los terrenos, en el cual deberá indicarse el patrón de calles que regirá el proyecto; los solares y bloques residenciales; la separación entre el sistema vehicular y el peatonal; la localización y organización de las facilidades vecinales; las secciones para accesos vehiculares y calles propuestas. Además, deberá incluir una tabulación por uso de los terrenos y un desglose por tipo de las viviendas. (17) Encintado Elemento vertical o inclinado a lo largo del borde del pavimento o paseo de una vía pública, cuyo propósito es el de canalizar el flujo de las aguas, y reforzar y proteger el borde correspondiente. (18) Estructura Aquello que se erige, construye, fija o sitúa por la mano del hombre en o sobre el terreno, o agua; e incluye sin limitaciones, puentes, atarjeas, muros, líneas aéreas de transmisión, etc. (19) Funcionario Autorizado Los funcionarios que substituyan al Secretario de Transportación y Obras Públicas o aquellos en quienes él haya delegado sus poderes y atribuciones, según dispuesto por ley. -7- (20) Inspección de la Obra Es la fiscalización periódica de la construcción de la obra que realice el inspector. (a) Inspector Ingeniero o arquitecto a quién e1 dueño de una obra le ha encomendado su inspección. Este término siempre que se emplee en este reglamento, no incluye al contratista ni a sus empleados, excepto cuando se trate de cualquier organismo gubernamental que construya obras especializadas por administración, que haya demostrado a satisfacción de la Administración de Reglamentos y Permisos, y cuente con una certificación al efecto, que sus unidades de construcción e inspección de obras están organizadas para funcionar totalmente independientes una de la otra y que se asegurará la debida protección al interés público. Refiérase también a funcionario del Departamento autorizado a inspeccionar una obra de construcción. (b) Unidad de Inspección Independiente Un inspector o un grupo de técnicos dirigidos por un inspector que sea directamente responsable al director o jefe del organismo gubernamental que auspicia un proyecto de construcción. (21) Junta de Planificación Organismo gubernamental creado por la Ley Número 75 del 24 de junio de 1975, según ha sido subsiguientemente enmendada, conocida como "Ley Orgánica de la Junta de Planificación de Puerto Rico". (22) Isleta Central E1 área que incluye el paseo pavimentado y franja de terreno 0 grama -8- o un elemento estructural en una vía pública, situada generalmente en la parte central de la vía correspondiente para separar el tránsito en direcciones opuestas. (23) Obra Ensanche, construcción y estructura incluyendo toda aquella labor o trabajo que se realizan en la servidumbre de paso de la carretera o calle. (24) Obras de Urbanización Afirmado, pavimentación y encintado de vías, aceras, fajas de seguridad, senderos, sistemas de abasto de agua potable, de alcantarillado pluvial y sanitario, de distribución de energía eléctrica y alumbrado público; movimiento de tierra; canalización de ríos, quebradas y otros cuerpos de agua; y otros trabajos inherentes a la urbanización de terrenos. (25) Organismo Gubernamental Cualquier departamento, negociado, instrumentalidad, corporación pública, municipio o subdivisión política del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. (a) Organismo Gubernamental Concernido Cualquier organismo gubernamental que tenga inherencia sobre cualquier fase de un proyecto de construcción. (b) Organismo Gubernamental Originador Cualquier organismo gubernamental que inicie una acción que pudiera requerir la emisión de una Declaración de Impacto Ambiental. (26) Paseo La parte lateral de una vía pública entre la zona de rodaje o pavimento y las propiedades adyacentes, excepto las áreas de la misma cuya condición hace imposible 0 impráctico el tránsito de vehículos o peatones. -9- (27) Permiso Autorización escrita, expedida por un funcionario autorizado, conforme con las leyes y reglamentos aplicables. (28) Proyectista Ingeniero 0 arquitecto que prepara o confecciona planos de construcción. (a) Arquitecto Persona natural autorizada a ejercer la profesión de arquitectura en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico. (b) Ingeniero Persona natural autorizada a ejercer la profesión de ingeniería en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico. (29) Proyecto de Construcción Obra a realizarse conforme a planos de construcción certificados bajo las disposiciones de este reglamento. El término proyecto de construcción será interpretado como si fuera seguido de la frase: "o parte del mismo". (30) Reglamentos Aplicables Todos aquellos reglamentos promulgados y aprobados por los distintos organismos gubernamentales, y publicados de acuerdo con la ley, que sean de aplicación al proyecto de construcción específico. (31) Secretario Significa el Secretario de Transportación y Obras Públicas. (32) Servidumbre de Paso Faja de terreno que ha sido adquirida 0 dedicada para la construcción, reconstrucción, ensanche, etc., de una vía -10- pública, incluyendo todos sus componentes o elementos necesarios u otras mejoras, o medidas convenientes para la misma. (33) Solar Predio de terreno inscrito o inscribible en el Registro de la Propiedad como finca independiente, o cuya lotificación haya sido aprobada conforme con las leyes y reglamentos aplicables. (34) Terreno Incluye tanto tierra como cuerpo de agua, el espacio sobre los mismos, o la tierra debajo de ellos. (35) Tránsito E1 movimiento de vehículos, peatones o animales en una vía pública. (36) Urbanizador Persona natural o jurídica interesada en realizar una lotificación o proyecto de construcción que incluye obras de urbanización. (37) Utilidades (Servicios esenciales) Facilidades para servicios de agua, electricidad y comunicación. (38) Vía Pública Significará cualquier camino, calle y/o carretera estatal o municipal y toda calle o carretera dentro de los terrenos pertenecientes a corporaciones públicas creadas por ley y las subsidiarias de éstas dedicadas a uso público. Comprenderá el ancho total entre las líneas de colindancias de toda vía de propiedad pública abierta al uso público para el tránsito de vehículos. (39) Zonificación Instrumento para clasificar y designar terrenos en zonas y distritos y establecer en ellos las normas sobre el uso de los terrenos y las obras y estructuras a permitirse en los mismos. TOPICO 2 CERTIFICACION DE PLANOS Y OBRAS
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