Regl. 9148, art. 21 dup2

Cobro de Dinero por Deudas de los Comercios y Entidades

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Cite as Reglamento Núm. 9148, Art. 21 dup2

Se referirá a la Oficina de Asesoramiento Legal de la ASSMCA todos los casos de cobro de dinero por multas no pagadas y demás deudas para la radicación de las acciones civiles que correspondan, una vez culmine el proceso adjudicativo de vista administrativa y haya advenido final, firme e inapelable la Orden o Resolución final de el/la Administrador(a). Página 25 de 26 CAPÍTULO VII DISPOSICIONES ADICIONALES
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