Regl. 9148, art. 2 dup5
Separabilidad
Cite as Reglamento Núm. 9148, Art. 2 dup5
La declaración por el Tribunal Supremo de Puerto Rico o por otro tribunal con
jurisdicción y competencia que alguna disposición de este Reglamento es inválida, nula o
inconstitucional, no afectará las demás disposiciones, las cuales preservarán toda su validez
y efecto.