Regl. 9148, art. 6 dup2

Oficial a Cargo de Presidir los Procedimientos de Vista Administrativa

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Cite as Reglamento Núm. 9148, Art. 6 dup2

A. El/la Oficial Examinador(a) que presida los procedimientos será una persona, que no necesariamente tiene que ser un(a) abogado(a) licenciado(a) y tendrá la facultad para: 1. Tomar juramentos y afirmaciones a testigos y a las partes. 2. Ordenar las citaciones y el examen de testigos. 3. Dictaminar sobre asuntos relativos a la admisibilidad de testimonios y evidencia. 4. Expedir órdenes respecto a la permisibilidad y el término para el descubrimiento de prueba. 5. Regir el proceso del desfile de prueba en la vista. Página 17 de 26 6. Requerir la radicación de aquellos alegatos y memorandos con respecto a cualquier asunto sobre el cual haya que dictaminar o emitir una decisión. 7. Actuar respecto a mociones para ampliar, modificar o eliminar controversias. 8. Actuar respecto a solicitudes que se relacionen con el procedimiento y términos, incluyendo las mociones solicitando extensión del tiempo. 9. Cualquier otro asunto relativo al trámite procesal de los procedimientos administrativos.
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