Regl. 9149, art. 4 dup3
Responsabilidades de Notificación de Cambios 0 Modificaciones
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Cite as Reglamento Núm. 9149, Art. 4 dup3
Será responsabilidad de la organización receptora notificar a la ASSMCA sobre
cualquier cambio, enmienda o modificación en los renglones del precedente ArtÃculo 3 de
este Reglamento (Responsabilidades EspecÃficas de las Organizaciones Receptoras), en
un término no mayor de diez (10) dÃas calendario.
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