Regl. 9151, art. 12
MANUAL PARA LA CLASIFICACION DE LOS CONFINADOS
Length: 910 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 9151, Art. 12
SUPERVISIÓN Y AUDITORÍA DE CLASIFICACIÓN
75
V
SEPARABILIDAD
77
VI
ENMIENDAS
77
VII
MEDIDAS DISCIPLINARIAS
77
VIII
REVISIÓN
77
IX
DEROGACIÓN
78
X
VIGENCIA
78
ANEJOS
APÉNDICE A
FORMULARIO DE EVALUACIÓN DE CONFINADOS E
INSTRUCCIONES
APÉNDICE B
FORMULARIO DE INGRESO E INSTRUCCIONES
APÉNDICE c
FORMULARIO Y ESCALAS DE CLASIFICACIÓN DE
SALUD
APÉNDICE D
INSTRUCCIONES PARA EL FORMULARIO DE
CLASIFICACIÓN INICIAL DE CUSTODIA Y ESCALA DE
EVALUACIÓN INICIAL DE CUSTODIA (CASOS
SUMARIADOS)
APÉNDICE E
ANEJO 1 ESCALA DE GRAVEDAD DEL DELITO
(CÓDIGO PENAL 1974, 2005, 2012)
ii
ARTÍCULO
PÁGINA
ANEJO 2 ESCALA DE SEVERIDAD DISCIPLINARIA
APÉNDICE F
FORMULARIO DE CLASIFICACIÓN INICIAL DE
CUSTODIA
INSTRUCCIONES PARA LLENAR EL FORMULARIO DE
CLASIFICACIÓN INICIAL DE CUSTODIA (ESCALA DE
EVALUACIÓN INICIAL DE CUSTODIA) CASOS
SENTENCIADOS
APÉNDICE G
FORMULARIO PARA DETERMINAR LAS
NECESIDADES EDUCATIVAS Y ADIESTRAMIENTO
VOCACIONAL DE LOS CONFINADOS
APÉNDICE H
FORMULARIO DE EVALUACIÓN DE NECESIDADES
DEL CONFINADO E INSTRUCCIONES
APÉNDICE I
ANEJO 1-FORMULARIO DE RECONSIDERCACIÓN DE
CLASIFICACIÓN E INSTRUCCIONES
ANEJO 2
FORMULARIO DE RECONSIDERACIÓN DECISION
FINAL E INSTRUCCIONES
APÉNDICE J
INSTRUCCIONES PARA FORMULARIO DE
RECLASIFICACION DE CUSTODIA Y ESCALA DE
RECLASIFICACIÓN DE CUSTODIA (CASOS
SUMARIADOS)
APÉNDICE K
INSTRUCCIONES PARA LLENAR FORMULARIO DE
RECLASIFICACIÓN DE CUSTODIA Y ESCALA DE
RECLASIFICACIÓN DE CUSTODIA (CASOS
SENTENCIADOS)
iii
PREHABILITACION
Gobierno de Puerto Rico
PUERTO
DEPARTAMENTO DE CORRECCIÓN Y REHABILITACIÓN
San Juan, Puerto Rico
MANUAL PARA LA CLASIFICACIÓN DE LOS CONFINADOS
PERSPECTIVA GENERAL
I.
INTRODUCCIÓN
La Constitución de Puerto Rico, en su Art. VI, § 19, y el Plan de
Reorganización Núm. 2-2011, según enmendado, disponen como política
pública que el sistema correccional propiciará la rehabilitación moral y
social de las personas en confinamiento, siguiendo los principios de
tratamiento individualizado.
El método de clasificación de los confinados es el eje central de una
administración eficiente y un sistema correccional eficaz. Por lo tanto, la
clasificación de los confinados consiste en la separación sistemática y
evolutiva de éstos en subgrupos, en virtud de las necesidades de cada
individuo, y las exigencias y necesidades de la sociedad, desde la fecha
de ingreso del confinado hasta la fecha de su excarcelación.
Además de satisfacer las necesidades del confinado, el proceso de
clasificación coordina la custodia física de los confinados en los
programas y recursos disponibles dentro del Sistema Correccional. De
conformidad con lo anterior, se pueden presupuestar fondos de manera
adecuada para llenar las necesidades específicas de la institución, del
personal y de la población correccional, una vez estén clasificados
funcionalmente. Más aún, un proceso sistemático de clasificación
contribuye a mantener a la sociedad protegida de las personas que han
violentado las reglas formales de comportamiento.
Por lo tanto, para lograr un sistema de clasificación funcional, el proceso
tiene que ubicar a cada confinado en el programa y en el nivel de custodia
menos restrictivo posible para el que el confinado cualifique, sin
menoscabar la seguridad y las necesidades de la sociedad, de los demás
confinados, y del Personal Correccional. Este concepto de clasificación
se logra recopilando datos validados sobre cada uno de los confinados y
usando criterios objetivos para interpretar y aplicar esos datos.
ESR
Los estudios demuestran que la gran mayoría de los confinados quedará
libre de las prisiones y programas de la comunidad, y estarán de vuelta en
nuestra comunidad. El proceso de clasificación brinda ayuda a los
confinados en su readaptación y posible reintegración a la sociedad. La
meta del Sistema Correccional es clasificar objetivamente a todos los
confinados y asignar recursos suficientes para que todos los confinados
puedan ser miembros productivos de la sociedad y acatar sus leyes.
II.
PROPÓSITO
Establecer un sistema organizado para ingresar, procesar y asignar a los
confinados a instituciones y programas de adultos del Departamento de
Corrección y Rehabilitación (DCR). La clasificación adecuada de los
confinados contribuirá favorablemente a la planificación, tanto a corto
como a largo plazo, proveyendo la información necesaria para lograr
eficacia en la administración, investigación y preparación de
presupuestos.
III.
EXPOSICIÓN DE POLÍTICAS
1.
Todos los confinados bajo la jurisdicción del DCR serán
clasificados de acuerdo con el nivel de custodia restrictiva más
bajo que se requiera, la asignación de vivienda y la participación de
los confinados en programas de trabajo y educación,
adiestramiento vocacional y recreación que sean apropiados para
ellos.
2.
Cada institución proveerá para el manejo de viviendas separadas
para las siguientes categorías de confinados, conforme al plan de
vivienda aprobado por el DCR:
(a)
Confinados y confinadas
(b)
Confinados bajo custodia protectiva
(c)
Confinados en programas comunitarios (fechas de
excarcelación adelantadas, Hogares de Adaptación Social,
pases extendidos, supervisión electrónica, hogares, Ley
Núm. 27, etc.)
(d)
Confinados con problemas especiales de naturaleza médica
o de salud mental (alcohólicos, adictos a narcóticos,
personas con trastornos mentales, personas físicamente
impedidas, y personas con enfermedades contagiosas)
(e)
Confinados que requieren segregación disciplinaria
(f)
Confinados que requieren detención administrativa
(g)
Jóvenes adultos
ESR
2
(h)
Menores sentenciados como adultos (confinados de 16 y 17
años de edad)
(i)
Confinados sumariados y sentenciados
3.
Los criterios para la toma de decisiones sobre clasificación deben
estar basados en datos confiables y válidos.
4.
Esta política y sus procedimientos de clasificación se revisarán por
lo menos una vez al año y se actualizarán según sea necesario.
IV.
FUNDAMENTOS DE LEY
Este Manual se emite en virtud de la facultad conferida al Secretario del
Departamento de Corrección y Rehabilitación por el Plan de
Reorganización Núm. 2-2011, según enmendado, y las disposiciones de
la Ley Núm. 38-2017, según enmendada, conocida como la "Ley de
Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico".
ESR
3