Regl. 9155, art. 2

ALCANCE Y APLICACIÓN

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Cite as Reglamento Núm. 9155, Art. 2

Este Reglamento será de aplicación a todos los solicitantes, Entidades Educativas Certificadas y Escuelas Públicas Alianza, según definidos en este Reglamento, como también a todos los procesos relacionados al funcionamiento de la Oficina de Escuelas Públicas Alianza del Departamento de Educación. 3
Regl. 9155, art. 2: ALCANCE Y APLICACIÓN | Justis AI