Regl. 9157, art. 13
Servicios
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Cite as Reglamento Núm. 9157, Art. 13
a) El Programa proveerá los siguientes servicios:
i. Decomiso de propiedad declarada excedente;
ii. Inspección de propiedad declarada excedente;
iii. Alquiler de equipo para disposición de la propiedad;
iv. Disposición de propiedad en el vertedero;
V. Disposición de material reciclable;
vi. Servicio de tasador;
vii. Venta directa de vehÃculos de motor declarados excedentes;
viii. Traspaso, venta, cesión ó donación de propiedad declarada excedente a entidades
gubernamentales e instituciones.