Regl. 9158, art. X-29

FINANCIAMIENTO

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Cite as Reglamento Núm. 9158, Art. X-29

El comerciante que exprese o implique que provee financiamiento deberá ofrecerlo al público en general al interés señalado, o divulgar clara y adecuadamente cualquier condición especial, términos o criterios que el consumidor deba satisfacer para cualificar. Anunciará el porciento de interés a cobrar en términos de la tasa de porcentaje anual (APR).
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