Regl. 9158, art. X-52
DEFINICIONES
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Cite as Reglamento Núm. 9158, Art. X-52
Los términos usados en este capÃtulo complementan los incluidos en la Regla 5 de este
Reglamento, y tendrán el significado que a continuación se expresa:
a. ArtÃculos personales aquellos objetos para la venta o intercambio en un mercado de
descuentos, que comúnmente son para el uso, consumo o disfrute de personas naturales o
jurÃdicas, pudiendo dichos artÃculos ser tanto nuevos como usados.
b. Licencia de operación autorización, certificado de conveniencia y necesidad pública,
permiso, concesión, privilegio o permiso temporero expedido por el Departamento para la
operación de un solar o local a ser dedicado al negocio conocido como Mercado de
Descuentos.
c. Lote espacio disponible para la exhibición de mercancÃa, a ser vendida o intercambiada, en
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un mercado de descuentos.
d. Mercado de descuentos cualquier evento que envuelva una serie de ventas que, por su
número y espacio, sea caracterÃstico de un negocio en el cual:
1. dos (2) o más personas ofrecen objetos o artÃculos personales para la venta o
intercambio;
2. se cobre un alquiler, comisión o tarifa por conceder el privilegio de exhibir objetos o
artÃculos a ser vendidos o intercambiados;
3. se cobre un alquiler, comisión o tarifa a los compradores o a los clientes por la entrada
al lugar en que se ofrecen los objetos o artÃculos personales para la venta o intercambio;
4. se ofrezca o se exhiba mercancÃa para la venta o intercambio, aunque no sea en el
momento. Ello, sin importar el número de personas ofreciendo los objetos o artÃculos
personales o sin que se cobre algún alquiler, comisión o tarifa.
e. Operador cualquier persona, asociación, compañÃa, organización o corporación que
controla o administra un mercado de descuentos en que se intercambie, venda u ofrezca
cualquier objeto o articulo personal.
f. Permiso temporero autorización para operar un negocio en el cual se establezcan
limitaciones, condiciones o restricciones para su funcionamiento, localización, término de
tiempo o cualquier otro extremo.
g. Vendedor toda persona que intercambie, venda u ofrezca cualquier artÃculo, objeto o
producto en un mercado de descuentos.