Regl. 9158, art. X-82
ALCANCE DE LA OFERTA
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Cite as Reglamento Núm. 9158, Art. X-82
El alcance de la oferta se interpretará en la manera más favorable para los participantes,
disponiéndose que:
a. Cualquier ambigüedad se interpretará a favor de los participantes.
b. En caso de que el promotor hubiera incurrido en anuncios engañosos que tergiversan o
magnifican el alcance de la oferta, será de aplicación lo promovido en dichos anuncios y no
lo establecido en las Reglas del Sorteo.
c. De haberse solicitado y aprobado correcciones, modificaciones, suspensiones o
cancelaciones del sorteo, será de aplicación lo aprobado por el Secretario, siempre que se
hubiese cumplido con lo establecido en las Reglas 78 y 79 de este Reglamento.