Regl. 9160, art. 5 dup2
SISTEMA DE VIGILANCIA ELECTRÓNICA Y GRABACIONES
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Cite as Reglamento Núm. 9160, Art. 5 dup2
Como medida de seguridad, para la protección de los funcionarios y
los empleados de la Oficina, los visitantes y de la propiedad pública se
establece en la Oficina un sistema de vigilancia electrónica grabada mediante
el uso de cámaras de seguridad.
Las grabaciones que se generen de este sistema no se utilizan para evaluar, de
manera alguna, el desempeño de los funcionarios y de los empleados de la
Oficina. Tampoco se utilizan como base para tomar algún tipo de represalia
contra los funcionarios o los empleados de la Oficina por una conducta captada
que no se relacione con asuntos de seguridad.
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5.1.
Localización del Sistema
5.1.1.
Cámaras de vídeo
Las cámaras de vídeo están instaladas en las áreas comunes, dentro de los
edificios que ocupan las oficinas del Contralor y en sus alrededores.
Específicamente, se encuentran localizadas en el estacionamiento, al frente
del edificio principal y en las áreas de acceso a los edificios, tales como:
el área de la recepción, las entradas y las salidas, los ascensores y
los pasillos principales de los distintos pisos.
Las cámaras de seguridad no se colocan dentro de las oficinas, los
cubículos, los salones de conferencia, los merenderos, los baños o
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cualquier otro tipo de lugar u oficina en los que exista una expectativa
razonable de privacidad.
De existir la necesidad de mejorar la vigilancia, se pueden instalar cámaras
adicionales o reubicar las existentes.
5.1.2.
Monitores
Los monitores están localizados en el área de la recepción del edificio
principal, de la oficina de la Contralora y en la oficina del coordinador de
Seguridad.
5.1.3.
Grabadoras digitales
Las grabadoras digitales se encuentran localizadas dentro de los archivos de
seguridad con códigos de acceso, localizados en las siguientes áreas:
Edificio Principal en la oficina del coordinador de Seguridad
yru
Edificio Union Plaza en un almacén del Centro de Desarrollo Profesional
y Actividades Especiales
Archivo inactivo de la Oficina.
5.2.
Funcionamiento del Sistema
Las imágenes se graban en forma digital solo cuando las cámaras captan
movimiento en las escenas. Este movimiento activa automáticamente el
sistema de grabación digital. No obstante, cuando exista información de
posibles actos ilegales o cuando la situación existente razonablemente lo
amerite, se puede programar para grabar una o más escenas de forma
continua. Esto, requiere la autorización previa de la Contralora.
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Las imágenes son observadas por el personal de seguridad de la Oficina o
algún otro personal autorizado por la Contralora. En aquellos casos que se
observe una actividad que pueda dar margen a la comisión de un delito o a
la acusación de una persona, se debe realizar un informe sobre la conducta
observada en las grabaciones. Este informe debe incluir la fecha, la hora,
el lugar y un resumen de lo observado. Además, debe indicar si se notificó
a alguna persona o a la Policía de Puerto Rico.
Las cámaras de vídeo, en los alrededores de los edificios, no tienen
capacidad para hacer acercamientos (zoom).
Las cámaras de vídeo no pueden grabar sonido. Tampoco se permite
grabar sonido mediante otros medios electrónicos.
5.3.
Acceso al Área de las Computadoras
El acceso al área de las computadoras que graban y almacenan las grabaciones
es restringido. Solo pueden acceder a esta área: la Contralora,
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el coordinador de Seguridad y cualquier otro personal autorizado por la
Contralora.
Cuando se autorice la entrada a otras personas el coordinador de Seguridad
debe mantener un registro diario de visitantes. Este registro debe incluir
el nombre, el puesto, la dirección, el teléfono de las personas que acuden a la
referida área y el motivo de la visita. Se debe indicar, además, la fecha
y, la hora de entrada y la salida de las personas que visitan el área. También el
coordinador de Seguridad debe mantener una bitácora en la que se registre
cualquier incidencia ocurrida.
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5.4.
Acceso al Sistema
Los códigos para acceder a las computadoras son conocidos solo por el
coordinador de Seguridad y la persona designada por la Contralora adscrita a la
División de Sistemas de Información.
5.5.
Frecuencia de Operación del Sistema
Las cámaras están en funcionamiento continuo todo el día, sujeto a cualquier
desperfecto mecánico imprevisto.
5.6.
Áreas que son Grabadas
Las cámaras que se encuentran localizadas en las afueras del edificio están
orientadas para grabar solo lo que está en las áreas públicas. Las cámaras
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dentro de los edificios también están orientadas para que graben solo lo que se
encuentra en las áreas comunes, pero sin limitarse a: las áreas de recepción y
de almacenamiento, los pasillos, las escaleras, los ascensores y los accesos al
edificio.