Regl. 9161, art. 7-7.01

En General

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Las CPSS son instituciones organizadas bajo la Ley Núm. 239-2004, según enmendada. En términos generales, las CPSS: a. Están autorizadas a negociar colectivamente, en representación de sus miembros, con las OSS y los AT; siempre que cumplan con los criterios del Subcapítulo 20A de la Ley Núm. 239-2004 y de este Reglamento. En particular, con lo siguiente: 1. Que los términos y condiciones de los contratos de servicios de salud no afectan adversamente la calidad, el acceso, o la habilidad de un buen servicio de salud al paciente. 2. Que los términos y las condiciones acordadas sean conforme a las leyes y los reglamentos aplicables del Gobierno de Puerto Rico y del Gobierno Federal. 3. Que los acuerdos sean económicamente razonables para todas las partes. 4. Que se promueva un balance competitivo en la negociación. 13 5. Que se fomenten las buenas prácticas en la medicina y en el ofrecimiento de servicios de salud. 6. Que la negociación mejore la comunicación entre los proveedores de servicios de salud y el AT O la OSS. 7. Que no se establezcan disposiciones que obliguen a un socio de la CPSS a aceptar el contrato negociado por esta, si el socio no lo desea; además de velar porque no se tomen medidas punitivas en contra del socio. b. No podrán negociar términos y condiciones que no sean los establecidos en la Sección 8.01, incisos (a) y (b), infra, conforme a los Artículos 20A.4 y 20A.10 de la Ley Núm. 239-2004, según enmendada. C. Deben nombrar hasta un máximo de tres (3) representantes para negociar colectivamente con una OSS O AT. d. No pueden iniciar negociación colectiva sin la autorización del Comité. e. Debe mantener informado al Comité sobre cualquier cambio en la información sometida en los informes, así como de todo asunto que no hubiese sido incluido o informado previamente y que formará parte de la negociación. f. No pueden prohibir a sus miembros negociar de manera independiente con las OSS o los AT, con la cual la CPSS se encuentre negociando O haya culminado O rechazado el proceso de negociación. 14
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