Regl. 9165, art. 15-15.1
Aprobación
Length: 64 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 9165, Art. 15-15.1
La aprobación de las subastas informales será responsabilidad del Sub-
Director Ejecutivo por recomendación del Gerente de Servicios y Materiales,
siempre y cuando la compra no exceda la cantidad de $100,000.00. Toda
compra que exceda la cantidad de $100,000.01 será realizada mediante subasta
formal, salvo las situaciones en que proceda la compra mediante mercado
abierto O procedimiento extraordinario, según las disposiciones de este
Reglamento.