Regl. 9165, art. 15-15.3

Fianzas de Ejecución

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Cite as Reglamento Núm. 9165, Art. 15-15.3

No se requerirán fianzas de ejecución, excepto en los casos que se estime pertinente, y ello será determinado por el Gerente de Servicios y Materiales, con el visto bueno del Sub Director Ejecutivo.
Regl. 9165, art. 15-15.3: Fianzas de Ejecución | Justis AI