Regl. 3841, art. 20
Revisión Judicial
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Cite as Reglamento Núm. 3841, Art. 20
Todo procedimiento de revisión judicial se regirá por
las disposiciones aplicables contenidas en la Ley Núm. 8 de
24 de enero de 1987, según enmendada, la Ley Núm. 170 de 12
de agosto de 1988.