Regl. 9165, art. 18-18.5
Recaudador Oficial
Length: 30 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 9165, Art. 18-18.5
El Director Ejecutivo nombrará un Recaudador Oficial a la Junta de
Subastas, o asignará las recaudaciones de la Junta de Subastas al recaudador
de la Corporación, según lo estime necesario.