Regl. 9165, art. 20.13-20.22

Enmiendas a las ofertas

Length: 155 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 9165, Art. 20.13-20.22

Las ofertas pueden ser enmendadas por razón de enmiendas al Pliego de Subastas O por solicitud del licitador. Toda enmienda a las ofertas deberá realizarse antes del Acto de Apertura. 1. Enmienda por error en las sumas Los errores en las sumas no se tomarán en cuenta, puesto que la Junta de Subastas se atendrá a las cifras individuales de las partidas. De adjudicarse una subasta hará la correspondiente corrección en la suma. 2. Forma de Efectuar las Enmiendas Las ofertas de enmendarán por escrito, y serán entregadas cumpliendo con los mismos requisitos de la oferta original. En el sobre 0 paquete que 76 contenga la enmienda a la oferta además de consignarse la información exigida para una oferta original, deberá incluirse la frase Oferta Enmendada. 3. Enmiendas tardías La Junta de Subasta no considerará enmiendas a las ofertas que se presenten después de la fecha y hora establecida para la entrega de las ofertas.
Regl. 9165, art. 20.13-20.22: Enmiendas a las ofertas | Justis AI