Regl. 3841, art. 5
Inicio de Procedimiento
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Cite as Reglamento Núm. 3841, Art. 5
Todo procedimiento de adjudicación incluyendo la oposición a la concesión de un decreto de exención contributiva
se inicia con la radicación de la moción, solicitud O petición, debidamente juramentada, en original y seis copias en
la División de Correos de la Oficina.