Regl. 9165, art. 29-29.4
Disposición
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Cite as Reglamento Núm. 9165, Art. 29-29.4
Toda disposición O destrucción de expedientes de compras O documentos
pertenecientes a los mismos, deberá realizarse, observado los requisitos y
procedimientos establecidos en la legislación y reglamentación vigente,
particularmente los reglamentos relacionados con la administración y disposición
de documentos públicos, debidamente aprobados al amparo de la Ley Número 5
del 8 de diciembre de 1955, según enmendada, 0 cualquiera otras leyes y/o
reglamentos relacionados que Toda disposición 0 destrucción de expedientes de
compras O documentos pertenecientes a los mismos, deberá realizarse,
observado los requisitos en el futuro sean aprobados.