Regl. 9165, art. 29-29.4

Disposición

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Cite as Reglamento Núm. 9165, Art. 29-29.4

Toda disposición O destrucción de expedientes de compras O documentos pertenecientes a los mismos, deberá realizarse, observado los requisitos y procedimientos establecidos en la legislación y reglamentación vigente, particularmente los reglamentos relacionados con la administración y disposición de documentos públicos, debidamente aprobados al amparo de la Ley Número 5 del 8 de diciembre de 1955, según enmendada, 0 cualquiera otras leyes y/o reglamentos relacionados que Toda disposición 0 destrucción de expedientes de compras O documentos pertenecientes a los mismos, deberá realizarse, observado los requisitos en el futuro sean aprobados.
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