Regl. 9165, art. 34-34.16
Notificación de Vista
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Cite as Reglamento Núm. 9165, Art. 34-34.16
La agencia notificará por escrito a todas las partes 0 sus representantes
autorizados e interventores la fecha, hora y lugar en que se celebrará la vista
adjudicativa. La notificación se deberá efectuar por correo O personalmente con
no menos de quince (15) dÃas de anticipación a la fecha de la vista, excepto que
por causa debidamente justificada, consignada en la notificación, sea necesario
acortar dicho perÃodo, y deberá contener la siguiente información: