Regl. 1279, art. 900.2d-900.2d

Reglamento General de Seguridad e Higiene Industrial, Cap. VI -- Montacargas de Trabajadores. No incluido en el índice bajo la Ley Núm. 149 de 12 dic, 2005

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900.2d Pruebas de los Dispositivos de Seguridad del Tipo B y C. (1) Pruebas Requeridas. Los tipos B y C de los dispositivos de seguridad serán sometidos a pruebas de exceso de velocidad con los cables de izada conectados, aumentando gradualmente la velocidad del carro hasta que el regulador haga que se aplique el dispositivo de seguridad. Excepción: Los dispositivos de seguridad de los ascensores equipados con máquinas impulsadas con motores para corriente alterna, cuando el carro con su carga máxima permisible no cause suficiente exceso de velocidad para desenganchar las garras del regulador al soltarse el freno de la máquina, serán probados mediante la operación del carro a su velocidad normal en la dirección de bajada y disparando las garras del regulador en forma manual. (Vea Regla 900.2a(2) para las pruebas de Velocidad de Disparo del Regulador de Velocidad) (2) Funcionamiento del Interruptor de Sobrevelocidad del Regulador y el Interruptor del Mecanismo de Seguridad del Carro durante las Pruebas. El interruptor de sobrevelocidad del regulador estará sin funcionar durante las pruebas de exceso de velocidad. Para asegurarse de que el dispositivo de seguridad retardará la velocidad del carro con la - 155- ENGLISH TEXT minimum assitance from the elevator driving machine and USAS, A17.1 to minimize the development of slack rope and fall-back
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