Regl. 3843, art. 4.00 dup2

DISEÑO DE LAS FACILIDADES DE CONTROL

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Cite as Reglamento Núm. 3843, Art. 4.00 dup2

4.01 - Disposición General Las facilidades de control se diseñarán de forma que armonicen con las construcciones y caracteristicas generales del sector, garanticen la seguridad de las personas, permitan su operación eficiente y faciliten su mantenimiento. 4.02 Barreras Permanentes al Tránsito Aquellas barreras que se erijan en una calle pública con la intención de impedir en forma permanente el acceso de vehículos de motor desde una vía circundante a la comunidad podrán extenderse total o parcialmente sobre aceras y áreas de siembra, y deberán: 1- Ser visibles desde la vía circundante. 2- Estar ancladas de forma que no puedan ser empujadas por un vehículo de motor. 3- Contener vegetación de poco o ningún mantenimiento. 4- Evitar interferir con el libre flujo de las aguas de inundación y las pluviales. 4.03 Barreras de Control de Tránsito Se considerarán como barreras de control de tránsito los portones y aditamentos que puedan ser fácilmente removidos así como empujados para permitir el acceso de Estado Libre Asociado de Puerto Rice OFICINA DEL GOBERNADOR Junta de Planificación - 11 vehículos, personas u objetos a la comunidad. Estos se diseñarán de forma que: 1- Su operación no entorpezca el libre flujo de tránsito en las vías circundantes a la comunidad. 2- De ser necesario la utilización de propiedad privada para su instalación se obtendrá el consentimiento del dueño de la propiedad mediante una escritura de servidumbre u otro documento inscribible en el Registro de la Propiedad. 3- Se provea un sistema de teléfono O algún otro medio adecuado de comunicación para alertar a los residentes de la llegada de visitantes O de proveedores de servicios. 4- Deberá ser instalado a la distancia establecida en la Sección 3.03. 4.04 Guardianes de Seguridad La construcción de casetas para guardianes de seguridad se ajustarán a las siguientes normas: 1- Cualquier portón que se utilice será operable desde dicha caseta O desde un área resguardada de las inclemencias del tiempo adyacente a la misma. 2- La caseta estará provista de facilidades Estado Libre Asociado de Puerto Rice OFICINA DEL GOBERNADOR Tunta de 12 sanitarias para uso del guardián. La Administración de Reglamentos y Permisos podrá considerar soluciones alternas que provean facilidades sanitarias adecuadas al guardián. 3- La caseta estará provista de un sistema de comunicación con las residencias. 4- La caseta estará localizada a la distancia establecida en la Sección 3.03. 4.05 - Portón para Acceso Peatonal - Todo control de acceso vehicular que se autorice incluirá entre sus facilidades un portón con dimensiones y ubicación adecuadas para acceso peatonal a la comunidad. Estado Libre Asociado de Puerto Rice OFICINA DEL GOBERNADOE Terry 2 Phnificación
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