Regl. 9166, art. 7 dup2

MODALIDADES DEL PROGRAMA DE LIBRE SELECCIÓN DE ESCUELAS

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Cite as Reglamento Núm. 9166, Art. 7 dup2

De acuerdo con lo establecido en el Artículo 14.02, Elegibilidad, de la Ley del Reforma Educativa, el Programa se regirá por cinco modalidades, las cuales se detallan a continuación: 1. Libre selección de escuela pública por un estudiante de otra escuela pública, exceptuando aquella escuela pública que sea tributaria del estudiante que solicite el certificado. El Certificado podrá utilizarse, pero sin limitarse, para la compra, bajo la partida contable 6190, de material tecnológico, material instruccional, material educativo y establecer proyectos lectivos en horarios extendidos para trabajar las asignaciones, assessments, instrucción diferenciada y/o rezago académico de nuestros estudiantes. 2. Libre selección de escuela pública por un estudiante de escuela privada. El Certificado podrá utilizarse, pero sin limitarse, para la compra, bajo la partida contable 6190, de material tecnológico, material instruccional, material educativo y establecer proyectos lectivos en horarios extendidos para trabajar las asignaciones, assessments, instrucción diferenciada y/o rezago académico de nuestros estudiantes. 3. Acceso a escuelas privadas por estudiantes de escuelas públicas. El Certificado podrá utilizarse únicamente para el pago de matrícula y mensualidad en la institución privada. 4. Adelanto educativo para estudiantes talentosos que tomen cursos universitarios acreditables tanto para programas universitarios como para programas de escuela secundaria. El Certificado podrá utilizarse únicamente para cubrir los costos de un curso por semestre. 5. Acceso a escuelas privadas por un estudiante de educación especial de escuela pública para cumplir con el acomodo razonable y obtenga sus logros académicos según disponen las leyes estatales y federales. La ubicación del estudiante será mediante los servicios de participación equitativa (ubicación unilateral) y el Certificado podrá utilizarse únicamente para el pago de matrícula y mensualidad en la institución privada.
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