Regl. 9168, art. 6 dup3

6, los términos para celebrar la reunión de mediación y

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para el periodo de llegar a acuerdos comienzan de nuevo a partir de la fecha en que se presentó la enmienda a la querella. página 16 de 44 3. Participantes de la reunión a. En la reunión, deberán participar los miembros importantes del COMPU, incluido un representante de la Agencia con poder para tomar decisiones. b. Durante la celebración de la reunión de mediación la representación legal de las partes estará limitada a asesorar a sus representados. A la reunión de mediación deberá comparecer un funcionario de la agencia educativa con autoridad y capacidad legal para tomar decisiones y suscribir acuerdos a nombre de la agencia educativa. C. En aquellos casos en los cuales la posible solución de una controversia implique erogación de fondos públicos, será necesario contar con un representante del Departamento de Educación con autorización para comprometer los recursos de la Agencia: i. El mediador debe asegurar la comparecencia de este funcionario para evitar dilación en el proceso. ii. En caso de referir una consulta para erogación de fondos públicos, se requiere un trámite ágil y expedito, no mayor de cinco (5) días calendario. 4. Asuntos discutidos y acuerdos a. El proceso de mediación es voluntario, por lo que cualquiera de las partes, puede cuando así lo entienda dar por terminado el proceso y solicitar que la querella sea referida a un juez administrativo. b. El contenido de la discusión y los acuerdos llegados en la reunión de mediación son confidenciales, no serán grabadas y ni admisibles en ningún otro foro administrativo 0 judicial, a menos que las partes renuncien por escrito. página 17 de 44 C. Todos los acuerdos llegados durante la mediación deberán ser recogidos en un documento que será firmado por todas las partes. d. Los acuerdos serán obligatorios para las partes. e. De los acuerdos poner fin a todas las controversias, el mediador los deberá remitir inmediatamente a través de SiPAEE a la Unidad Secretarial para el cierre de la querella. f. Si los acuerdos son parciales el medidor a través de SiPAEE los remitirá a la Unidad Secretarial para referir inmediatamente la querella a un juez administrativo para iniciar el proceso para su adjudicación a través de la celebración de la vista administrativa.
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