Regl. 9172, art. 6.09-9.03

Notificación Diaria

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Cite as Reglamento Núm. 9172, Art. 6.09-9.03

Los Directores de Distrito y Precintos notificarán mediante correo electrónico oficial al Director del Negociado de Investigación de Licencias y Armas de Fuego la cantidad de armas de fuego y/o municiones recibidas por concepto de la amnistía.
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