Regl. 9172, art. 6.09-9.03
Notificación Diaria
Cite as Reglamento Núm. 9172, Art. 6.09-9.03
Los Directores de Distrito y Precintos notificarán mediante correo electrónico oficial al Director
del Negociado de Investigación de Licencias y Armas de Fuego la cantidad de armas de fuego y/o
municiones recibidas por concepto de la amnistÃa.