Regl. 3857, art. 2 dup6
En caso de incumpliento de una orden O requerimiento
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Cite as Reglamento Núm. 3857, Art. 2 dup6
emitido al amparo de la Sección 1 de este AertÃculo, la Corporación
podrá presentar una solicitud en auxilio de su jurisdicción en el
Tribunal Superior con competencia, y éste podrá emitir una orden
judicial en la que ordene el cumplimiento de la persona en cuestión
bajo apercimiento de que incurrirá en desacato si no cumple con dicha
orden.