Regl. 9176, art. 8 dup2

RESPONSABILIDAD DEL CONSUMIDOR

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Cite as Reglamento Núm. 9176, Art. 8 dup2

Todo consumidor deberá cumplir con las condiciones y requisitos legales y legítimos que se le exijan, tanto en el certificado de garantía del producto como en el manual del propietario o manual de operación, para tener derecho a reclamar servicio bajo la garantía provista. Lo anterior no obliga al consumidor a realizar el mantenimiento rutinario de su generador eléctrico en un agente de servicio autorizado. No obstante, de optar porque los servicios de mantenimiento los realice un tercero, al igual que si opta por hacerlos por sí mismo, vendrá obligado a guardar, para récord, evidencia de que tales servicios se realizaron según instruido en el certificado de garantía y/o en el manual del propietario, en las fechas y/o bajo los criterios o condiciones requeridos en esos documentos. 8
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