Regl. 9177, art. II-13

- BASE DE DATOS

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Cite as Reglamento Núm. 9177, Art. II-13

El Programa de Transporte de la Administración mantendrá una base de datos en la cual se registre a cada una de las personas autorizadas a conducir los vehículos, y será responsabilidad de los Gerentes de Transporte o Gerentes Auxiliares de Transporte mantener la información debidamente actualizada. La referida base de datos consignará, por cada conductor: a. su nombre completo b. agencia para la cual trabaja; c. puesto o cargo que ocupa; d. fecha nacimiento; e. número y categoría de la licencia de conducir expedida a su nombre por el Departamento de Obras Públicas, la Agencia Federal de Aviación o del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, según corresponda, incluyendo la fecha de expedición, vigencia y expiración de esta; f. número de la autorización de la Administración y su fecha de expedición y expiración; 14 g. preparación académica; h. cualquier otra información que se estime pertinente. En cuanto a la base de datos de los vehículos contendrá la siguiente información: a. descripción del vehículo incluyendo, número de identificación, número de serie, marca, modelo y año. b. fecha de registro ASG, costo y número de orden de compra (de estar disponible) C. número de registro DTOP d. clasificación en Hacienda e. agencia y programa f. número de tablilla "GE" g. modelo marbete (tablilla o cristal) h. marbete y año de expiración i. marbete anterior j. cilindro y tipo de combustible k. Comentarios cualquier otra información que se estime pertinente En cuanto al historial (expediente) de los vehículos, contendrá la misma información de la base de datos e incluirá la siguientes: 1. petición por escrito del Jefe de la agencia o Gerente de Transporte para registrar vehículo nuevo, transferencia, acuerdos colaborativos o donación. m. copia de orden de compra n. factura del suplidor O. conduce p. copia de pago a favor de ACAA q. copia de informe de recibo e inspección (viuda) r. licencia del vehículo emitida por el Departamento de Trasportación y Obras Públicas S. orden de Despacho t. copia de los pagos de registración u. certificado de pago de arbitrios o exoneración concedida (forma SC- 2042) V. origen de los fondos de adquisición del vehículo.
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